Cobro de la tasa de basura del 1er trimestre de 2017

4 de mayo de 2017

En la emisión de la factura correspondiente al 1er trimestre de 2017, emitida con fecha 20 de abril que afecta a los usuarios que no utilizaron el 5º contenedor en el ejercicio 2016 al menos, en 25 ocasiones, se ha cometido un error administrativo, por el que se ha facturado a estos usuarios 8,48 € más de la cantidad que les corresponde pagar

En la emisión de la factura correspondiente al 1er trimestre de 2017, emitida con fecha 20 de abril que afecta a los usuarios que no utilizaron el 5º contenedor en el ejercicio 2016 al menos, en 25 ocasiones, se ha cometido un error administrativo, por el que se ha facturado a estos usuarios 8,48 € más de la cantidad que les corresponde pagar; pues se les ha aplicado por error, la tarifa correspondiente al epígrafe 1.1. de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa de R.U. de Eibar, "viviendas, domicilios, particulares y locales, sin actividad", 47,99 €; en lugar de los 39,51 €, correspondiente a la tarifa de las viviendas que se hayan acogido a la separación de residuos utilizando el 5º contenedor (epígrafe 1.2.).

Consecuentemente, a los afectados por este error administrativo, en la factura del 2º trimestre de 2017 que se emitirá el 20 de julio, se les descontará en concepto especial de basura 8,48 €, regularizando así el importe ahora cobrado de más.

Gipuzkoako Urak notificará de forma personalizada mediante una carta explicativa el error cometido y pondrá a disposición del usuario el teléfono 902.30.22.22 o la página web www.gipuzkoakour.com para la realización de cualquier consulta al respecto.


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