Fondos Next Generation EU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)

¿QUÉ SON LOS FONDOS NEXT GENERATION?

El 21 de julio de 2020 el Consejo Europeo creó el instrumento excepcional de recuperación temporal NextGenerationEU, un instrumento para la recuperación de la Unión europea dotado con más de 800.000 millones de euros, con el que se pretende contribuir a reparar los daños económicos y sociales causados por la pandemia del coronavirus. Con esta iniciativa la Comisión quiere que la Europa posterior a la COVID-19 sea más ecológica, más digital, más resiliente y mejor adaptada a los retos actuales y futuros.

El elemento central de NextGenerationEU es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), un instrumento destinado a conceder subvenciones y préstamos para apoyar reformas e inversiones en los Estados miembros de la UE. Para poder recibir fondos en el marco del MRR, los Estados miembros deben elaborar planes de recuperación y resiliencia, en los que describan cómo van a invertir los fondos. Además, deben alcanzar los hitos y objetivos pertinentes establecidos para cada programa y medida.

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) es la estrategia española para canalizar los Fondos NextGenerationEU. Se fundamenta sobre cuatro ejes transversales: la transición ecológica, la transformación digital, la cohesión territorial y social, y la igualdad de género y se estructura en torno a diez políticas palanca. Esas diez políticas palanca integran a su vez 30 componentes o líneas de acción.

PLAN DE MEDIDAS ANTIFRAUDE

Prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses

El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dispone en su artículo 22 que es una obligación de los Estados miembros la protección de los intereses financieros de la Unión Europea incluyendo tomar las medidas oportunas para prevenir, detectar y corregir el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.

Para hacer efectivas las iniciativas planteadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las Administraciones Públicas deben adaptar los procedimientos de gestión y el modelo de control. Algunas medidas de agilización se establecieron mediante el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Además, en el desarrollo de un Sistema de Gestión que facilita la tramitación eficaz de las solicitudes de desembolso a los Servicios de la Comisión Europea, se ha aprobado la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En su artículo 6 exige la redacción de un plan de medidas antifraude para cada organismo gestor de fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) con el objetivo de asegurar la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.

Buzón de Denuncias para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Al objeto de atender posibles denuncias relacionadas con actuaciones financiadas con el MRR, y además para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Plan de medidas para cubrir los requisitos antifraude, conflicto de interés, doble financiación y ayudas de estado y daño no significativo al medio ambiente se ha habilitado un buzón electrónico (buzon-mrr@euskadi.eus) abierto al conjunto de agentes y ciudadanía en general.

Las comunicaciones recibidas en este buzón electrónico serán registradas y, tratadas mediante un protocolo específico que salvaguardará la identidad de los denunciantes e investigadas por personal especialmente cualificado y destinado a dicha función.

En caso de detección de un posible fraude, o su sospecha fundada, las entidades ejecutoras, se comprometen a notificar en el plazo más breve posible la detección de posible fraude, o su sospecha fundada tanto a las entidades interesadas como a los organismos implicados. Las entidades interesadas son el Servicio Nacional de Coordinación Contra el Fraude (SNCA), la Oficina Europea de Lucha Contra el Fraude (OLAF), la fiscalía y los tribunales competentes, mientras que los organismos implicados serán la entidad ejecutora y los órganos gestores.

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